En resumen
La manutención del cónyuge en el condado de Riverside se rige por el Código de Familia de California, no por una fórmula local: un juez puede ordenar manutención temporal mientras el divorcio está pendiente y manutención a largo plazo en el fallo, después de considerar los factores de la sección 4320 del Código de Familia. Las reglas locales de Riverside no contienen una fórmula de manutención temporal y, para las órdenes dictadas a partir del 1 de enero de 2026, California ya no permite que quien paga deduzca la manutención ni exige que quien la recibe la declare.
- La manutención temporal puede pedirse “tan pronto como presente el caso”; la manutención a largo plazo se ordena al final del caso, por ejemplo en el fallo114.
- La sección 4320 enumera 14 circunstancias que la corte “deberá considerar” (traducción de la cita original en inglés), desde la capacidad de ganar ingresos hasta la duración del matrimonio y la violencia doméstica documentada6.
- Un matrimonio de 10 años o más, medido desde la fecha del matrimonio hasta la de la separación, se presume de larga duración, y entonces la corte conserva la jurisdicción sobre la manutención por tiempo indefinido7.
- Las reglas de Riverside exigen una declaración de manutención del cónyuge (formulario FL-157, o una declaración similar sobre los factores de la sección 4320) junto con el escrito de la conferencia para llegar a un acuerdo5.
Esta página explica el proceso de la corte. No es asesoría legal y este sitio no es un bufete de abogados.
Los detalles
La manutención del cónyuge es el dinero que un cónyuge paga al otro para sus gastos mensuales, ordenado por una corte en un divorcio, una separación legal o un caso de orden de restricción por violencia en el hogar (violencia doméstica)114. Esta página explica los dos tipos de orden, los factores de la ley, cuánto puede durar la manutención, cómo se cambia y qué significa para las órdenes de hoy el cambio fiscal de 2026 en California. No calcula la manutención de nadie: el monto lo decide el juez. Si hay hijos, las órdenes sobre ellos se explican en custodia de los hijos en el condado de Riverside y la parte de los hijos en manutención de los hijos en el condado de Riverside; para todo el proceso, vea cómo presentar un divorcio en el condado de Riverside.
La respuesta corta
| Pregunta | Respuesta |
|---|---|
| ¿Siempre se ordena manutención? | No. La guía de autoayuda dice que la manutención “no siempre se ordena” y que es más probable en matrimonios más largos o cuando una persona gana mucho más que la otra (traducción de la cita original en inglés)1 |
| ¿Cuándo puede pedirse? | La temporal, “tan pronto como presente el caso”; la de largo plazo, al final del caso114 |
| ¿Hay una fórmula de Riverside? | No; ninguna regla local adopta una5 |
| ¿Cómo tributa? | Depende de la fecha de la orden; vea la tabla más abajo48 |
Manutención temporal y a largo plazo
La sección 3600 del Código de Familia permite que la corte, mientras está pendiente un procedimiento de divorcio, separación legal, custodia o manutención de los hijos, ordene a cualquiera de los cónyuges pagar la cantidad necesaria para el sostén del otro9. Eso es la manutención temporal: “una orden de pagos a un cónyuge antes de que su caso sea definitivo”14. La manutención a largo plazo (también llamada permanente) se ordena al final, por ejemplo en el fallo114. La sección 4330 permite que la corte ordene la manutención en el fallo “por un período de tiempo justo y razonable” (traducción de la cita original en inglés), con base en el nivel de vida durante el matrimonio y los factores de la sección 432010.
La pregunta de la fórmula para la manutención temporal
La guía de autoayuda dice que “la mayoría de las cortes usa una fórmula” para la manutención temporal, aunque aclara que el juez puede usar otro enfoque. La fórmula que publica es: “Manutención mensual = 40% del ingreso mensual neto de quien gana más – 50% del ingreso mensual neto de quien gana menos” (traducción de las citas originales en inglés)2. Se describe como un punto de partida, que el juez puede ajustar por factores como los gastos universitarios de un hijo, cuentas médicas altas o ahorros considerables2. El juez examina las necesidades de quien gana menos y la capacidad de pago de quien gana más2.
Conviene saber Las reglas locales de Riverside, el Título 5, no contienen ninguna regla que adopte una fórmula o pauta de manutención temporal del cónyuge5. La corte no ha publicado si sus jueces aplican la fórmula que describe la guía estatal. La guía de autoayuda dice que un facilitador de derecho familiar (family law facilitator) o un centro de autoayuda puede ayudar a hacer los cálculos2.
Lo que sí exigen las reglas locales: una declaración de manutención del cónyuge en el formulario FL-157 (o una declaración similar sobre los factores de la sección 4320) con el escrito de la conferencia para llegar a un acuerdo según la Regla 5150, y un “Joint Statement of Disputed and Undisputed Facts (Spousal Support)”, formulario local RI-FL020, enumerado en la Regla 51535. Las solicitudes de órdenes temporales se hacen con una solicitud de orden (Request for Order, formulario FL-300) según la Regla 51105. La conferencia en sí se explica en la conferencia obligatoria para llegar a un acuerdo en derecho familiar de Riverside.
Los factores que la corte considera
La sección 4320 dice que la corte “deberá considerar todas las siguientes circunstancias” (traducción de la cita original en inglés)6:
| Factor | Lo que dice la ley |
|---|---|
| (a) | Si la capacidad de cada parte de ganar ingresos permite mantener el nivel de vida del matrimonio, incluidas las habilidades vendibles, la recapacitación y las interrupciones de la carrera por labores domésticas |
| (b) | Las aportaciones de la parte que recibe manutención a la educación, la capacitación, la carrera o la licencia de la otra parte |
| (c) | La capacidad de pago de la parte que paga, según su capacidad de ganar ingresos, sus ingresos, sus bienes y su nivel de vida |
| (d), (e) | Las necesidades de cada parte según el nivel de vida del matrimonio, y las obligaciones y los bienes de cada parte, incluidos los bienes separados |
| (f) | La duración del matrimonio |
| (g) | Si la parte que recibe manutención puede trabajar sin interferir indebidamente con los intereses de los hijos dependientes a su cargo |
| (h) | La edad y la salud de las partes |
| (i) | La violencia doméstica documentada entre las partes o contra un hijo de cualquiera de ellas, incluida una orden de protección después de una audiencia según la sección 6340 |
| (j), (k) | Las consecuencias fiscales inmediatas y específicas para cada parte, y el equilibrio de las dificultades |
| (l) | La meta de que la parte se mantenga por sí misma en un plazo razonable, que por lo general es la mitad de la duración del matrimonio, salvo en un matrimonio de larga duración |
| (m), (n) | Una condena penal del cónyuge que abusó (secciones 4324.5 y 4325), y cualquier otro factor que la corte considere justo y equitativo |
Fuente de la tabla: sección 4320 del Código de Familia, modificada con vigencia desde el 1 de enero de 20196. La guía de autoayuda agrega dos formularios: el FL-157, donde cada persona describe su situación, y el FL-349, el anexo de los factores de la sección 43203.
Cuánto dura la manutención
En un matrimonio de larga duración, la corte conserva la jurisdicción sobre la manutención del cónyuge por tiempo indefinido, a menos que las partes acuerden otra cosa por escrito o que una orden de la corte haya puesto fin a la manutención7. Un matrimonio de 10 años o más, medido desde la fecha del matrimonio hasta la fecha de la separación, se presume de larga duración; la corte puede considerar los períodos de separación y puede determinar que un matrimonio de menos de 10 años es de larga duración7.
La guía de autoayuda describe la diferencia práctica. Con menos de 10 años, “el supuesto de partida es que la manutención dura la mitad de la duración del matrimonio”. Con más de 10 años, “no se aplica ningún supuesto de partida”, y la manutención “puede durar el tiempo que un cónyuge necesite la manutención y el otro pueda pagarla” (traducción de las citas originales en inglés). La guía agrega que “no hay una fórmula matemática ni una manera fácil de calcularlo”3. Un juez puede ordenar un monto mensual, “reservar” la manutención (ninguna ahora, posiblemente después) o poner fin a la facultad de la corte de otorgar manutención3.
Cambiar o poner fin a la manutención
La manutención termina si ambos cónyuges acuerdan por escrito una fecha de terminación y la corte lo aprueba, si la corte ordena que termine, si el cónyuge que la recibe se vuelve a casar o si cualquiera de los cónyuges muere3. Un acuerdo escrito puede disponer otra cosa11. Según la sección 4323, vivir con una pareja no casada crea una presunción refutable de menor necesidad, aunque los ingresos de esa pareja no pueden considerarse al fijar o cambiar la manutención12.
Una corte puede modificar o terminar la manutención en cualquier momento en que lo considere necesario, pero no si un acuerdo escrito (o uno oral en audiencia pública) dispone específicamente que no está “sujeta a modificación ni terminación” (traducción de la cita original en inglés)13. Si ambos cónyuges están de acuerdo en un cambio, firman un nuevo acuerdo para que lo firme un juez; si no, la persona que lo pide debe demostrar un “cambio significativo en su situación”3. Un juez “solo puede cambiar el monto hasta la fecha en que usted presentó los papeles que piden el cambio” (traducción de las citas originales en inglés)2.
Impuestos: el cambio de 2026
El tratamiento federal y el de California dependen de cuándo se dictó la orden o se hizo el acuerdo48.
| Orden o acuerdo dictado | Impuesto federal sobre el ingreso | Impuesto de California sobre el ingreso |
|---|---|---|
| Antes del 1 de enero de 2019 | Quien paga deduce; quien recibe declara | Quien paga deduce; quien recibe declara |
| Del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2025 | Quien paga no puede deducir; quien recibe no declara | Quien paga deduce; quien recibe declara |
| A partir del 1 de enero de 2026 | Quien paga no puede deducir; quien recibe no declara | Quien paga no puede deducir; quien recibe no declara |
La columna federal sigue la guía de autoayuda y el Tema 452 del IRS48. La guía expresa la regla de California con sus propias palabras: “A partir del 1 de enero de 2026, California cambió sus leyes fiscales sobre la manutención del cónyuge” (traducción de la cita original en inglés)4. Sus dos reglas de California son las órdenes dictadas a partir del 1 de enero de 2026 (sin deducción, no es ingreso) y las órdenes dictadas antes de esa fecha (con deducción e ingreso); la fila del medio de la tabla es lo que producen esas dos reglas juntas. Si una orden dictada antes de 2026 se cambia después del 31 de diciembre de 2025, siguen las reglas fiscales originales, a menos que la nueva orden diga claramente que se aplican las nuevas leyes fiscales4. El Tema 452 del IRS dice lo mismo sobre la ley federal para un acuerdo anterior a 2019 que se modifica después: las nuevas reglas se aplican solo si la modificación lo dice expresamente8. La manutención entre parejas de hecho registradas se trata como la manutención del cónyuge para efectos de los impuestos de California4.
Las consecuencias fiscales también son un factor de la sección 4320, el factor (j)6.
Cuándo buscar ayuda
Los Servicios Legales de Autoayuda (Self Help Legal Services) ayudan sin cargo a las personas sin abogado a completar la declaración de manutención y los papeles de la solicitud de orden; vea el Centro de Autoayuda del condado de Riverside, y la ayuda legal gratuita o de bajo costo en el condado de Riverside enumera la asistencia legal. Los motivos para buscar ayuda se desprenden de la ley: un cambio en la manutención retrocede solo hasta la fecha de presentación2; un acuerdo puede hacer que la manutención no sea modificable13; y las reglas fiscales dependen de la fecha de la orden y de si una orden modificada indica qué reglas se aplican4. Un asesor fiscal, un abogado de derecho familiar o la asistencia legal pueden atender esas preguntas en un caso concreto. La página de autoayuda de las cortes de California en español señala que la manutención del cónyuge es un tema legal difícil y que un abogado o el facilitador de derecho de familia o el centro de ayuda de la corte puede ayudar a calcularla, a informarse sobre su duración y sus impuestos y a preparar los formularios14.
Preguntas frecuentes
¿El condado de Riverside tiene una fórmula de manutención del cónyuge?
No. Ninguna regla local adopta una. El Título 5 de Riverside exige una declaración de manutención (formulario FL-157) con el escrito de la conferencia para llegar a un acuerdo, pero no fija ninguna fórmula de manutención temporal5.
¿Qué es la manutención temporal del cónyuge?
¿Cuánto dura la manutención del cónyuge?
¿Qué es el formulario FL-157?
¿La manutención del cónyuge tributa en California?
Para las órdenes dictadas a partir del 1 de enero de 2026, quien paga no puede deducirla en las declaraciones de California y quien la recibe no la declara. Para las órdenes de California dictadas antes de esa fecha, quien paga deduce y quien recibe declara4.
¿Se puede cambiar la manutención del cónyuge?
Artículos relacionados
Fuentes (14)
Los títulos de las fuentes se dejan en inglés; las citas se traducen.
- Spousal support — California Courts Self-Help Guide. Accessed 2026-10-09.
- Temporary spousal support — California Courts Self-Help Guide. Accessed 2026-10-09.
- Long-term (permanent) spousal support — California Courts Self-Help Guide. Accessed 2026-10-09.
- Taxes and spousal support — California Courts Self-Help Guide. Accessed 2026-10-09.
- Local Rules, Title 5: Family Law — Superior Court of California, County of Riverside. Accessed 2026-10-09.
- Family Code section 4320 — California Legislative Information; amended effective January 1, 2019. Accessed 2026-10-09.
- Family Code section 4336 — California Legislative Information. Accessed 2026-10-09.
- Topic no. 452, Alimony and separate maintenance — Internal Revenue Service. Accessed 2026-10-09.
- Family Code section 3600 — California Public Law statute mirror. Accessed 2026-10-09.
- Family Code section 4330 — California Public Law statute mirror. Accessed 2026-10-09.
- Family Code section 4337 — California Public Law statute mirror. Accessed 2026-10-09.
- Family Code section 4323 — California Public Law statute mirror. Accessed 2026-10-09.
- Family Code section 3651 — California Public Law statute mirror. Accessed 2026-10-09.
- Manutención del cónyuge — Guía de Autoayuda de las Cortes de California (en español). Accessed 2026-10-22.