En resumen
En un divorcio en el condado de Riverside, al otro cónyuge se le debe hacer la entrega legal de los papeles presentados por medio de una persona de 18 años o más que no sea ni el peticionario ni el cónyuge que responde; el peticionario no puede entregárselos personalmente. La persona que hace la entrega legal completa la prueba de entrega (formulario FL-115), el peticionario la presenta y el cónyuge que responde tiene entonces 30 días para presentar una respuesta.
- Los métodos del Consejo Judicial comienzan con la entrega legal en persona, la entrega sustituida, el envío por correo con un acuse de recibo (formulario FL-117) y, con el permiso de un juez, la publicación o la fijación1.
- El diagrama de flujo de la corte (revisado el 10 de noviembre de 2020) dice que se haga la entrega legal dentro de los 60 días siguientes a la presentación, y el paquete de la corte dice que se espere 30 días después de la entrega legal34.
- La corte “no avanzará” hasta que se presente la prueba de entrega1.
- La entrega sustituida se completa 10 días después de enviar los papeles por correo, y la respuesta vence entonces en 40 días5.
- La entrega legal por publicación necesita primero la aprobación del juez, y no se puede pedir un fallo por falta de comparecencia hasta 59 días después de la primera publicación en el periódico6.
Esta página explica el proceso de la corte. No es asesoría legal y este sitio no es un bufete de abogados.
Los detalles
Hacer la entrega legal de los papeles es el paso que le informa al otro cónyuge que existe un caso y pone en marcha el plazo para responder. Esta página explica quién puede hacer la entrega legal, qué se entrega, cada método y sus plazos, y la prueba que necesita la corte. Todo el proceso, de la petición al fallo, está en cómo presentar un divorcio en el condado de Riverside sin abogado. Los términos en español siguen los de la guía de autoayuda de las Cortes de California15161718.
La respuesta corta
| Si usted… | El método que describe el Consejo Judicial |
|---|---|
| Encuentra al otro cónyuge y se le pueden entregar los papeles en mano | Entrega legal en persona por un adulto que no sea parte; si el cónyuge no quiere recibirlos, la persona que hace la entrega los deja junto a él o ella y le dice de qué se trata1 |
| No logra que se localice al otro cónyuge, después de varios intentos, en su casa o en su trabajo | Entrega sustituida, después de al menos tres intentos5 |
| Cuenta con que el otro cónyuge firme que recibió los papeles | Envío por correo con un Aviso y acuse de recibo (formulario FL-117)7 |
| No puede encontrar al otro cónyuge | Publicación o fijación, solo con el permiso del juez6 |
| Tiene un cónyuge que vive fuera del estado | Entrega legal en persona, o correo certificado o registrado con acuse de recibo firmado por la persona a quien se le hace la entrega legal1 |
Qué se entrega y quién lo entrega
Qué. La persona que hace la entrega legal entrega copias selladas por la corte de los papeles presentados (no los formularios de exención de cuotas), una Respuesta en blanco (formulario FL-120) y cualquier otro formulario en blanco que el cónyuge pueda necesitar1. En Riverside, la corte también exige que el Aviso de asignación del caso (Notice of Case Assignment) y la Orden de manejo del caso de derecho familiar (Family Law Case Management Order) se entreguen legalmente junto con la petición, conforme a la Regla Local 51458. La citación (FL-110) contiene las órdenes de restricción estándar, que obligan al peticionario desde que presenta el caso y al cónyuge que responde desde que se le hace la entrega legal9.
Quién. Cualquier adulto puede hacer la entrega legal, excepto una de las partes. El Consejo Judicial dice: “Usted no puede hacer la entrega legal usted mismo” (traducción de la cita original en inglés), y las preguntas frecuentes de Riverside dicen lo mismo: cualquier persona de 18 años o más puede entregar los papeles, excepto el peticionario o el cónyuge que responde12. Pueden hacerlo un amigo, un familiar, un profesional de entrega legal (process server) o, en algunas áreas, el alguacil del condado, y el alguacil cobra a menos que la persona tenga una exención de cuotas1. Una exención concedida cubre la cuota del alguacil por dar el aviso10. Los detalles de la exención de cuotas están en la exención de cuotas de la corte en el condado de Riverside.
Los cuatro métodos
Entrega legal en persona
La persona que hace la entrega legal le entrega los papeles directamente al otro cónyuge. Si el cónyuge no quiere recibirlos, la guía del Consejo Judicial dice que se dejen junto a él o ella y que se le diga de qué se trata1.
Entrega sustituida
Es para un cónyuge al que no se puede localizar en su casa ni en su trabajo. Los pasos de la guía del Consejo Judicial5:
- Intentar al menos tres veces, en días y horarios distintos en que es probable que la persona esté en su casa.
- Dejar los papeles con un adulto que parezca responsable y viva en el domicilio, o con un adulto a cargo en un negocio, y decirle que son documentos legales.
- Anotar el nombre de ese adulto o una descripción.
- Enviar por correo una copia a la misma dirección.
- Completar una Declaración de diligencia (se puede usar el formulario MC-030) junto con el formulario FL-115, punto 3(b).
La entrega legal se completa 10 días después de que se envían los papeles por correo, y el cónyuge tiene entonces 40 días para presentar una respuesta5. Las preguntas frecuentes de Riverside describen los mismos tres intentos y los mismos adultos con quienes se pueden dejar los papeles2.
Envío por correo con acuse de recibo
La persona que hace la entrega legal envía los papeles por correo con un Aviso y acuse de recibo (formulario FL-117). La entrega legal se completa el día en que el otro cónyuge firma, no el día en que se envió el paquete, y el cónyuge tiene 30 días desde que firma para responder. La persona que hace la entrega completa los puntos 1, 2, 3(c), 4 y 5 del FL-115 y adjunta el aviso firmado7.
Publicación o fijación
Un juez debe aprobar este método primero. La página del Consejo Judicial sobre la publicación describe la orden (formulario FL-982), la publicación una vez por semana durante cuatro semanas seguidas, y una espera de 59 días desde el día en que el periódico publicó por primera vez antes de pedir un fallo por falta de comparecencia. El peticionario le paga directamente al periódico6. Las preguntas frecuentes de Riverside agregan que primero se exige una búsqueda de buena fe del cónyuge (una carta a la última dirección conocida, preguntar a vecinos, familiares y al empleador, revisar internet y el Registrador del Condado, o County Recorder), que se declara en una declaración bajo pena de perjurio. También dicen que no se debe publicar un aviso en un periódico antes de que la corte lo ordene, y que la corte tiene paquetes de “Service by Publication” (entrega legal por publicación) y “Service by Posting and Mailing” (entrega legal por fijación y correo) y una lista de periódicos aprobados por la corte2.
Conviene saber Una exención de cuotas no cubre el cargo del periódico. La página del Consejo Judicial sobre la publicación lo dice directamente6.
Situaciones especiales
- Fuera del estado. El Consejo Judicial enumera la entrega legal en persona, o el correo registrado o certificado con un acuse de recibo firmado por la persona a quien se le hace la entrega legal y enviado por alguien que no sea el peticionario1. Las preguntas frecuentes de Riverside describen el correo certificado con un acuse de recibo firmado por el cónyuge que responde, adjunto al FL-115, o el aviso FL-1172.
- Otro país. Puede aplicarse el Convenio de La Haya1.
- Servicio militar. Las preguntas frecuentes de Riverside dicen que la Ley de Alivio Civil para Miembros del Servicio Militar (Servicemembers Civil Relief Act) prohíbe dictar un fallo por falta de comparecencia contra un miembro en servicio activo2.
- Cárcel o prisión. Un funcionario hace la entrega legal de los papeles1.
La prueba de entrega
La persona que hace la entrega legal completa y firma la prueba de entrega de la citación (formulario FL-115), y el peticionario presenta el original1. La guía del Consejo Judicial dice: “La corte no avanzará hasta que se presente este formulario” (traducción de la cita original en inglés)1. El paquete de Riverside lo enumera como el Paso 4 después de la entrega legal, seguido de una espera de 30 días4. La lista de verificación del fallo (formulario FL-182, Judgment Checklist) sugiere presentar la prueba de entrega cuando se quiere que la fecha de la entrega marque el inicio del período de espera de seis meses11.
Los plazos que pone en marcha la entrega legal
- Respuesta. El cónyuge que responde tiene 30 días después de la entrega legal para presentar una respuesta por escrito, con la excepción de que la entrega sustituida y los acuses de recibo por correo se rigen por las fechas descritas arriba1257.
- Espera de seis meses. Un fallo de disolución no es definitivo hasta que hayan transcurrido seis meses desde la entrega legal de la citación y la petición o desde la comparecencia del cónyuge que responde, lo que ocurra primero (sección 2339 del Código de Familia, o Family Code)12. Las preguntas frecuentes de Riverside indican que la fecha más temprana posible es seis meses y un día después de la entrega legal2.
- Entrega legal dentro de 60 días. El diagrama de flujo de la corte dice que se haga la entrega legal en persona de todo lo presentado al otro cónyuge dentro de los 60 días siguientes a la presentación3.
La entrega legal de documentos posteriores
Después de los primeros papeles, también se hace la entrega legal de una solicitud de orden (Request for Order, FL-300). Las fuentes indican plazos distintos.
Las fuentes no coinciden La guía del Consejo Judicial dice que la entrega legal de una solicitud de orden debe hacerse al menos 16 días hábiles de la corte antes de la audiencia, más 5 días calendario si se hace por correo1. El paquete de solicitud de orden de Riverside dice que, si el cónyuge que responde no ha presentado una respuesta, la solicitud debe entregarse legalmente en persona por alguien que no sea el peticionario al menos 16 días hábiles de la corte antes de la audiencia, y que, si ya se presentó una respuesta, la entrega legal puede hacerse por correo al menos 21 días calendario antes13. Las fechas del paquete son las de la propia corte; el aviso de la audiencia es el lugar para comprobarlas.
La prueba se presenta con el formulario FL-330 (entrega legal en persona) o FL-335 (entrega legal por correo)13.
Cuándo buscar ayuda
Self Help Legal Services (Servicios Legales de Autoayuda), el servicio de autoayuda de la corte, ofrece recursos de autoayuda gratuitos y explica los procedimientos de la corte, aunque el personal no puede decirle a nadie qué opción elegir14. Vea el Centro de Autoayuda. Un motivo para buscar ayuda más pronto es un cónyuge al que no se puede encontrar o que está en el ejército, porque la publicación necesita una orden de un juez y se prohíbe un fallo por falta de comparecencia contra un miembro en servicio activo26. Ayuda legal gratuita o de bajo costo en el condado de Riverside enumera la ayuda legal y la Biblioteca de Derecho.
Preguntas frecuentes
¿Puedo hacerle la entrega legal a mi propio cónyuge?
¿Puede el alguacil hacer la entrega legal de papeles de divorcio en el condado de Riverside?
El Consejo Judicial dice que el alguacil del condado puede hacerla en algunas áreas y que cobra a menos que la persona tenga una exención de cuotas1.
¿Cuánto tiempo tiene el otro cónyuge para responder después de la entrega legal?
¿Qué pasa si mi cónyuge se niega a recibir los papeles?
La guía del Consejo Judicial dice que la persona que hace la entrega legal los deja junto a él o ella y le dice de qué se trata1.
¿Puedo simplemente enviar los papeles por correo?
¿Qué pasa si no sé dónde está mi cónyuge?
¿Qué formulario prueba que se entregaron los papeles?
La prueba de entrega de la citación, formulario FL-115, completada por la persona que hizo la entrega legal y presentada por el peticionario1.
Artículos relacionados
Fuentes (18)
Las fuentes se citan con sus títulos en inglés; las citas textuales del cuerpo del artículo son traducciones.
- Serve your divorce papers — California Courts Self-Help Guide. Accessed 2026-10-09.
- Family Law FAQs — Superior Court of California, County of Riverside. Accessed 2026-10-09.
- Divorce Case Flow Chart — Superior Court of California, County of Riverside, revised November 10, 2020. Accessed 2026-10-09.
- Instructions and forms for a Dissolution, Legal Separation or Nullity (packet) — Superior Court of California, County of Riverside. Accessed 2026-10-09.
- Serve papers by substituted service — California Courts Self-Help Guide. Accessed 2026-10-09.
- Serve by publication in a family law case — California Courts Self-Help Guide. Accessed 2026-10-09.
- Notice and Acknowledgment of Receipt — California Courts Self-Help Guide. Accessed 2026-10-09.
- Local Rules, Title 5: Family Law — Superior Court of California, County of Riverside. Accessed 2026-10-09.
- Summons (FL-110) — Judicial Council of California, revised January 1, 2015. Accessed 2026-10-09.
- Fee Waiver Packet (FW-001-INFO, FW-001, FW-003) — Superior Court of California, County of Riverside; forms revised March 1, 2026. Accessed 2026-10-09.
- Judgment Checklist: Dissolution/Legal Separation (FL-182) — Judicial Council of California. Accessed 2026-10-09.
- Family Code section 2339 — California Legislative Information. Accessed 2026-10-09.
- Request for Order (Non-Emergency) packet — Superior Court of California, County of Riverside. Accessed 2026-10-09.
- Self-Help — Superior Court of California, County of Riverside. Accessed 2026-10-09.
- Haga la entrega legal de sus documentos de divorcio — Guía de autoayuda de las Cortes de California (California Courts Self-Help Guide, en español). Accessed 2026-10-22.
- Haga la entrega legal de los documentos por entrega sustituida — Guía de autoayuda de las Cortes de California (California Courts Self-Help Guide, en español). Accessed 2026-10-22.
- Entrega mediante Aviso y acuse de recibo — Guía de autoayuda de las Cortes de California (California Courts Self-Help Guide, en español). Accessed 2026-10-22.
- Solicite la entrega legal por publicación o fijación — Guía de autoayuda de las Cortes de California (California Courts Self-Help Guide, en español). Accessed 2026-10-22.